LA EMPRESA Y
LOS COMERCIANTES
CP. EDGAR
ALFREDO MORALES APARICIO
Antes de abordar este tema sobre
las empresas y los comerciantes quiero manifestar que en Colombia año tras año
va en aumento la creación de nuevas empresas, debido a los beneficios otorgados
por el gobierno Nacional, es importante resaltar que del año 2011 donde se
crearon 57.710 al 2012 donde ascendió a 64.421 nuevas organizaciones, que
representa el 11.6% de crecimiento nos lleva a conocer un poco más sobre este
aspecto, a continuación esbozaré unos conceptos sobre la empresa, su creación los
tipos y los comerciantes que son el alma de estas entidades.
EMPRESA
Concepto de Empresa
Según el Código de Comercio de
Colombia, en el artículo 25, nos describe empresa como: “Se entenderá por
empresa toda actividad económica organizada para la producción, transformación,
circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de
servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos
de comercio.”
Para complementar, la anterior
definición, es importante reconocer que una empresa se crea con el interés de
personas, con el aporte de capitales y el desarrollo de los objetivos trazados.
Clasificación de las empresas.
En Colombia y según nuestra
legislación, las empresas se clasifican en diferentes categorías como:
1. Según la actividad que
desarrollan :
a. Sector
primario
b. Sector
Secundario
c. Sector Terciario
2. Según la forma jurídica
a. Empresas
individuales
b. Sociedades
3. Según su tamaño
a.
Microempresa, menos de 10 trabajadores
b. Pequeña
Empresa, menos de 50 trabajadores
c. Mediana
Empresa, entre 50 y 250 trabajadores
d. Gran Empresa, más de 250
trabajadores
4. Según el ámbito de operación
a. Locales
b. Regionales
c. Nacionales
d. Multinacionales –
internacionales
5. Según la composición del capital
a. Privada, el
capital es de propiedad privada
b. Publica, el
capital es del estado
c. Mixta, es
compartido el capital
d. Autogestión, dirigida por los
trabajadores
Tipos de Empresas.
En Colombia las sociedades
empresariales se clasifican en diferentes tipos, las cuales se dividen en dos
grandes grupos: Sociedades de capital y Sociedades de personas.
Sociedades de personas:
Sociedad
limitada
Sociedad
colectiva
Sociedad en comandita simple
Sociedad
unipersonal
Cooperativas
Sociedades de capital:
Sociedad
anónima
Sociedad en
comandita por acciones
Sociedad de economía mixta
La legislación Colombiana para
clasificar las sociedades comerciales, “toma en consideración las alícuotas en
que se divide el capital social; de ahí que la codificación comercial hace a lo
largo de su articulado referencia a tres formas especificas a saber: sociedades
por partes de interés, por cuotas, y por acciones, las que en su
orden dicen de las fracciones en que está representado el capital de las
sociedades típicas reconocidas a saber: colectivas las primeras, de
responsabilidad limitad y en comandita simple las segundas y, anónimas y en
comandita por acciones las últimas”.
Procesos para la creación de
empresas
Para la creación de una empresa en
Colombia, se deben seguir los siguientes pasos ante la Cámara de Comercio de la
ciudad o Departamento donde la persona o personas quieran crear su empresa.
Veamos a continuación cuales son estos requisitos :
Personas Naturales : es
aquella que ejerce dicha actividad de manera habitual y profesional a título
personal. Dicha persona asume a título
personal todos los derechos y obligaciones de la actividad comercial que
ejerce.
PASO 1. DECISIÓN, Realice o
defina la idea de negocio, o empresa a desarrollar.
PASO 2. CONSULTAS, Realizar
las siguientes consultas ante las oficinas pertinentes:
1.
Confirme que el nombre que usted quiere usar
para su nueva empresa, no ha sido registrado. Gracias al Registro Único
Empresarial (RUE), el control del nombre para su nueva empresa se hace a nivel
nacional. Realice esta verificación si tiene un establecimiento de comercio,
cuyo nombre es el que se verifica. Puede hacerlo en www.rue.com.co,
2.
Consulta actividad económica (CIIU), puede hacer
esta consulta en : http://www.crearempresa.com.co/Consultas/Ciiu01.aspx.
3.
Debe consultar en la Secretaría Distrital o Alcaldía
de su ciudad o Departamento, si la actividad que va a iniciar puede
desarrollarse en el lugar previsto para su funcionamiento. El trámite se
denomina "Consulta de Uso del Suelo". Dicho trámite, también puede
realizarlo en los CAE (Centros de Atención Empresarial de la Cámara de Comercio
de su ciudad)
PASO 3. REGISTRO DEL “RUT” y
el “RUE”
Si aún no tiene RUT: La
Cámara de Comercio de su ciudad realizará este trámite (siempre que su deseo
sea matricularse como comerciante). Usted podrá recibir asesoría especializada
o realizarlo consultando la siguiente información:
Ingrese al
portal www.dian.gov.co.
Seleccione la
opción “solicitud inscripción RUT”.
En la ventana
de “tipo inscripción” seleccione “CÁMARA DE COMERCIO”, luego haga clic en
continuar.
Donde pide el número del
formulario, (el cual deberá diligenciar en caso de haber ingresado previamente
a diligenciar un borrador del formulario, de lo contrario no digite ninguna
información), haga clic en continuar y diligencie el formulario RUT.
Imprima el formulario RUT que
saldrá con la leyenda “para trámite en cámara” el cual contiene el número de
formulario (casilla 4) que debe ser registrado en el “Formulario Adicional de
Registro con otras entidades” en las casillas correspondientes al “Número de
Formulario DIAN”.
La Persona Natural que va a
solicitar la Matrícula Mercantil debe presentar personalmente el formulario del
RUT. En caso de no presentarlo personalmente debe venir reconocido
notarialmente.
Si ya tiene el RUT y
requiere modificar alguna información, diríjase a las oficinas de la DIAN para
que le sea expedido el nuevo registro.
Nota: El número de formulario
(casilla 4) del RUT debe ser registrado en el "Formulario adicional de
Registro con otras entidades" en las casillas correspondientes al
"Número de Formulario DIAN".
Si tiene alguna duda relacionada
con este proceso, acérquese a cualquiera de las Cámaras de Comercio de su
ciudad o Departamento y reciba atención personalizada en el Centro de Atención
Empresarial (CAE).
Para el registro solicite en su Cámara
de Comercio de su localidad el formulario para el registro del RUE, lo puede
solicitar en el Centro de Atención Empresarial (CAE).
PASO 4. REGISTROS OTRAS
ENTIDADES, si en su localidad necesita hacer otros registros en diferentes
entidades, los debe averiguar y aplicar para su registro pertinente.
PASO 5. FORMALIZACIÓN DE LA
DOCUMENTACIÓN
Formulario del
Registro Único Tributario RUT (se diligencia en www.dian.gov.co)
Formulario de
matrícula de registro único empresarial y formulario adicional o registro con
otras entidades.
- En
caso de tener NIT, adjuntar copia del RUT respectivo.
- Original
del documento de identidad.
- Presente
todos los documentos en cualquier sede de atención al público de la Cámara de
Comercio de su ciudad o Departamento y cancele los derechos de matrícula.
COMERCIANTE
Según el artículo 10 del Código de
comercio colombiano, “son comerciantes las personas que profesionalmente se
ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. La
calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por
medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona”.
Quien es comerciante
Un comerciante se tipifica cuando
tiene el registro en Cámara de Comercio, tiene un establecimiento de comercio y
se da a conocer por un medio de comunicación, las personas que realizan
actividades comerciales no registradas no se considera con el nombre del
comerciante.
Tipos de comerciantes
Según este concepto tenemos comerciantes
formales: Quien cúmplelos requisitos de registro que exige la ley, y los comerciantes
informales que son aquellas personas que realizan actividades comerciales
pero no están registrados ante los entes reguladores.
Entre otras obligaciones que tienen
los comerciantes, el código de comercio establece que los comerciantes están:
Obligados a llevar contabilidad, a inscribirse en el Registro mercantil, a
registrar los Libros de contabilidad o Libros de comercio, conservar los
documentos y soportes relacionados con su actividad, etc.
Existen otro tipo de obligaciones
como son las relacionadas con los impuestos, y con las obligaciones que les
exigen las diferentes entidades de control del estado como las
superintendencias, obligaciones que se irán desarrollando posteriormente.
RESPONSABLES DE LA CONTABILIDAD
EN LAS ORGANIZACIONES
Por regla general, todos los
Comerciantes están obligados a llevar Contabilidad; así lo dispone el Código de
comercio en su artículo 19: “Es obligación de todo comerciante: (…) Llevar
contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales”.
Como vemos la responsabilidad es de
la organización que recae en su representante legal, y sus casos exigidos por
ley, por el contador público o revisor fiscal si lo hubiere por ley o por
decisión propia.
La ley 43 de 1990, define el
contador público como:
“Articulo. 1. Del contador público.
Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción
que acredite su competencia profesional en los términos de la presente, está
facultada para dar fe pública de hechos propios del ámbito de su profesión,
dictaminar sobre estados financieros, realizar las demás actividades
relacionadas con la ciencia contable en general.”
Para la realización de este articulo se tomo como referencia los siguientes links :
-Referencia bibliográfica Código de comercio Colombia Decreto 410 de 1.971.
-Referencia bibliográfica Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-14196 del 23 de Marzo de 2005
-Referencia bibliográfica www.rue.com.co, Cámara de Comercio de Bogotá, http://www.crearempresa.com.co/Consultas/Ciiu01.aspx., www.dian.gov.co.
-Referencia bibliográfica http://www.gerencie.com/quienes-son-comerciantes.html
-Referencia bibliográfica Ley 43 de 1.990
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