jueves, 8 de agosto de 2013

LA EMPRESA Y LOS COMERCIANTES


LA EMPRESA Y LOS COMERCIANTES
CP. EDGAR ALFREDO MORALES APARICIO

Antes de abordar este tema sobre las empresas y los comerciantes quiero manifestar que en Colombia año tras año va en aumento la creación de nuevas empresas, debido a los beneficios otorgados por el gobierno Nacional, es importante resaltar que del año 2011 donde se crearon 57.710 al 2012 donde ascendió a 64.421 nuevas organizaciones, que representa el 11.6% de crecimiento nos lleva a conocer un poco más sobre este aspecto, a continuación esbozaré unos conceptos sobre la empresa, su creación los tipos y los comerciantes que son el alma de estas entidades.

EMPRESA

Concepto de Empresa

Según el Código de Comercio de Colombia, en el artículo 25, nos describe empresa como: “Se entenderá por empresa toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos de comercio.”

Para complementar, la anterior definición, es importante reconocer que una empresa se crea con el interés de personas, con el aporte de capitales y el desarrollo de los objetivos trazados.

Clasificación de las empresas.

En Colombia y según nuestra legislación, las empresas se clasifican en diferentes categorías como:

1. Según la actividad que desarrollan :

a. Sector primario
b. Sector Secundario
c. Sector Terciario

2. Según la forma jurídica

a. Empresas individuales
b. Sociedades

3. Según su tamaño

a. Microempresa, menos de 10 trabajadores
b. Pequeña Empresa, menos de 50 trabajadores
c. Mediana Empresa, entre 50 y 250 trabajadores
d. Gran Empresa, más de 250 trabajadores

4. Según el ámbito de operación
a. Locales
b. Regionales
c. Nacionales
d. Multinacionales – internacionales

5. Según la composición del capital
a. Privada, el capital es de propiedad privada
b. Publica, el capital es del estado
c. Mixta, es compartido el capital
d. Autogestión, dirigida por los trabajadores

Tipos de Empresas.

En Colombia las sociedades empresariales se clasifican en diferentes tipos, las cuales se dividen en dos grandes grupos: Sociedades de capital y Sociedades de personas.

Sociedades de personas:

Sociedad limitada
Sociedad colectiva
Sociedad en comandita simple
Sociedad unipersonal
Cooperativas

Sociedades de capital:

Sociedad anónima
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad de economía mixta

La legislación Colombiana para clasificar las sociedades comerciales, “toma en consideración las alícuotas en que se divide el capital social; de ahí que la codificación comercial hace a lo largo de su articulado referencia a tres formas especificas a saber: sociedades por partes de interés, por cuotas, y por acciones, las que en su orden dicen de las fracciones en que está representado el capital de las sociedades típicas reconocidas a saber: colectivas las primeras, de responsabilidad limitad y en comandita simple las segundas y, anónimas y en comandita por acciones las últimas”.

Procesos para la creación de empresas

Para la creación de una empresa en Colombia, se deben seguir los siguientes pasos ante la Cámara de Comercio de la ciudad o Departamento donde la persona o personas quieran crear su empresa. Veamos a continuación cuales son estos requisitos :

Personas Naturales : es aquella que ejerce dicha actividad de manera habitual y profesional a título personal.  Dicha persona asume a título personal todos los derechos y obligaciones de la actividad comercial que ejerce.

PASO 1. DECISIÓN, Realice o defina la idea de negocio, o empresa a desarrollar.

PASO 2. CONSULTAS, Realizar las siguientes consultas ante las oficinas pertinentes:

1.    Confirme que el nombre que usted quiere usar para su nueva empresa, no ha sido registrado. Gracias al Registro Único Empresarial (RUE), el control del nombre para su nueva empresa se hace a nivel nacional. Realice esta verificación si tiene un establecimiento de comercio, cuyo nombre es el que se verifica. Puede hacerlo en www.rue.com.co,
2.    Consulta actividad económica (CIIU), puede hacer esta consulta en : http://www.crearempresa.com.co/Consultas/Ciiu01.aspx.
3.    Debe consultar en la Secretaría Distrital o Alcaldía de su ciudad o Departamento, si la actividad que va a iniciar puede desarrollarse en el lugar previsto para su funcionamiento. El trámite se denomina "Consulta de Uso del Suelo". Dicho trámite, también puede realizarlo en los CAE (Centros de Atención Empresarial de la Cámara de Comercio de su ciudad)

PASO 3. REGISTRO DEL “RUT” y el “RUE”

Si aún no tiene RUT: La Cámara de Comercio de su ciudad realizará este trámite (siempre que su deseo sea matricularse como comerciante). Usted podrá recibir asesoría especializada o realizarlo consultando la siguiente información:

Ingrese al portal www.dian.gov.co.

Seleccione la opción “solicitud inscripción RUT”.
En la ventana de “tipo inscripción” seleccione “CÁMARA DE COMERCIO”, luego haga clic en continuar.

Donde pide el número del formulario, (el cual deberá diligenciar en caso de haber ingresado previamente a diligenciar un borrador del formulario, de lo contrario no digite ninguna información), haga clic en continuar y diligencie el formulario RUT.

Imprima el formulario RUT que saldrá con la leyenda “para trámite en cámara” el cual contiene el número de formulario (casilla 4) que debe ser registrado en el “Formulario Adicional de Registro con otras entidades” en las casillas correspondientes al “Número de Formulario DIAN”.

La Persona Natural que va a solicitar la Matrícula Mercantil debe presentar personalmente el formulario del RUT. En caso de no presentarlo personalmente debe venir reconocido notarialmente.

Si ya tiene el RUT y requiere modificar alguna información, diríjase a las oficinas de la DIAN para que le sea expedido el nuevo registro.

Nota: El número de formulario (casilla 4) del RUT debe ser registrado en el "Formulario adicional de Registro con otras entidades" en las casillas correspondientes al "Número de Formulario DIAN".

Si tiene alguna duda relacionada con este proceso, acérquese a cualquiera de las Cámaras de Comercio de su ciudad o Departamento y reciba atención personalizada en el Centro de Atención Empresarial (CAE).
Para el registro solicite en su Cámara de Comercio de su localidad el formulario para el registro del RUE, lo puede solicitar en el Centro de Atención Empresarial (CAE).

PASO 4. REGISTROS OTRAS ENTIDADES, si en su localidad necesita hacer otros registros en diferentes entidades, los debe averiguar y aplicar para su registro pertinente.

PASO 5. FORMALIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Formulario del Registro Único Tributario RUT (se diligencia en www.dian.gov.co)
Formulario de matrícula de registro único empresarial y formulario adicional o registro con otras entidades.
-       En caso de tener NIT, adjuntar copia del RUT respectivo.
-       Original del documento de identidad.
-       Presente todos los documentos en cualquier sede de atención al público de la Cámara de Comercio de su ciudad o Departamento y cancele los derechos de matrícula.



COMERCIANTE

Según el artículo 10 del Código de comercio colombiano, “son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona”.

Quien es comerciante

Un comerciante se tipifica cuando tiene el registro en Cámara de Comercio, tiene un establecimiento de comercio y se da a conocer por un medio de comunicación, las personas que realizan actividades comerciales no registradas no se considera con el nombre del comerciante.

Tipos de comerciantes

Según este concepto tenemos comerciantes formales: Quien cúmplelos requisitos de registro que exige la ley, y los comerciantes informales que son aquellas personas que realizan actividades comerciales pero no están registrados ante los entes reguladores.

Entre otras obligaciones que tienen los comerciantes, el código de comercio establece que los comerciantes están: Obligados a llevar contabilidad, a inscribirse en el Registro mercantil, a registrar los Libros de contabilidad o Libros de comercio, conservar los documentos y soportes relacionados con su actividad, etc.
Existen otro tipo de obligaciones como son las relacionadas con los impuestos, y con las obligaciones que les exigen las diferentes entidades de control del estado como las superintendencias, obligaciones que se irán desarrollando posteriormente.

RESPONSABLES DE LA CONTABILIDAD EN LAS ORGANIZACIONES

Por regla general, todos los Comerciantes están obligados a llevar Contabilidad; así lo dispone el Código de comercio en su artículo 19: “Es obligación de todo comerciante: (…) Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales”.

Como vemos la responsabilidad es de la organización que recae en su representante legal, y sus casos exigidos por ley, por el contador público o revisor fiscal si lo hubiere por ley o por decisión propia.

La ley 43 de 1990, define el contador público como:


“Articulo. 1. Del contador público. Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia profesional en los términos de la presente, está facultada para dar fe pública de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre estados financieros, realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general.” 

Para la realización de este articulo se tomo como referencia los siguientes links :

-Referencia bibliográfica Código de comercio Colombia Decreto 410 de 1.971.
-Referencia bibliográfica Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-14196 del 23 de Marzo      de 2005
-Referencia bibliográfica www.rue.com.co, Cámara de Comercio de Bogotá,  http://www.crearempresa.com.co/Consultas/Ciiu01.aspx., www.dian.gov.co.
-Referencia bibliográfica http://www.gerencie.com/quienes-son-comerciantes.html
-Referencia bibliográfica Ley 43 de 1.990

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